Jueves, 24 de Setiembre del 2020

Reglamento Unificado de Procedimientos Disciplinarios: docentes y predocentes

Conozca las mejoras incorporadas en el proceso que serán implementadas a finales de noviembre.

El nuevo Reglamento Disciplinario, que se ha trabajado desde el 2019 y fue aprobado en agosto pasado, ha implicado un gran esfuerzo y unifica las diferentes normativas disciplinarias para estudiantes, docentes y predocentes, y casos de acoso y hostigamiento sexual; además de ello, crea un régimen –hasta ahora inexistente– de procedimiento disciplinario para autoridades.

Dicho Reglamento está orientado a fomentar las buenas prácticas y hábitos que permitan una mejor convivencia entre los profesores y los estudiantes, así como entre pares. Para ello, se han incorporado criterios de especialización de los miembros, etapas claras dentro del procedimiento y modalidades de notificación.

Sobre el procedimiento disciplinario de para docentes y predocentes

Los cambios incorporan, a través de la creación de una Secretaría Técnica, a personal especializado y separan al órgano investigador del sancionador. Esto tiene una doble consecuencia: garantizar el debido procedimiento y permitir la descarga de funciones a los Consejos de Departamentos.

Cuadro 1

Descarga aquí el Reglamento Unificado de Procedimientos Disciplinarios.

En los procedimientos disciplinarios de los docentes, la Secretaría Técnica creada estará a cargo de recibir las denuncias y realizar las investigaciones pertinentes en cada caso, mientras que una Comisión Disciplinaria especializada resolverá dichos casos de manera objetiva e imparcial en única instancia. Esto marca una gran diferencia con respecto a la situación actual, donde la investigación y la resolución recaen por completo sobre el Consejo de Departamento al cual pertenezca el docente o predocente involucrado.

Cabe resaltar que esta Comisión Disciplinaria no está adscrita a ningún órgano de nuestra Universidad: es completamente autónoma.

Cuadro 2

Sobre el régimen de las faltas

¿En qué casos se le puede iniciar un procedimiento disciplinario a los docentes y predocentes?

El Reglamento Unificado lista las faltas aplicables a la comunidad universitaria en general, las cuales son catalogadas como leves, graves y muy graves. Estas pueden ser revisadas en el Anexo 1 página 60 del texto oficial.

Además, el nuevo Reglamento Unificado detalla otros supuestos de infracciones aplicables a los docentes y predocentes. Para ello, se puede consultar el Anexo 4 página 67 del texto final.

Cabe indicar que en la lista de infracciones para docentes y predocentes no se incluyen los casos de acoso y hostigamiento sexual, ya que estos tienen su propio apartado.

Sobre el régimen de las sanciones

Un punto importante que establece el Reglamento Unificado Disciplinario es que las sanciones que se apliquen a los casos anteriormente mencionados dependen de la gravedad de los mismos, los antecedentes de los docentes y predocentes, y otras circunstancias coadyuvantes que se generen en cada caso concreto.

En ese sentido, las sanciones contempladas son las siguientes:

• Amonestación verbal
• Amonestación escrita
• Suspensión sin goce de remuneraciones
• Despido

En el caso de despido, según el Reglamento, el excolaborador no podrá ser nuevamente contratado para realizar cualquier actividad académica universitaria o labores administrativas en la Universidad.

Asimismo, en el caso de los descuentos por tardanzas e inasistencia, el Reglamento señala que estos no tienen naturaleza disciplinaria, por lo que no eximen de la aplicación de la debida sanción.

En nuestro boletín, iremos publicando notas sobre los distintos apartados del Reglamento Unificado Disciplinario.