Bonificación por grado académico (BGA)

Es un monto fijo mensual, a favor de los docentes ordinarios y contratados de tiempo completo (TC) y tiempo parcial convencional (TPC) de la Universidad, que posean grado académico de Magíster o de Doctor.

Asimismo, se otorga este beneficio a los docentes de tiempo parcial por asignaturas (TPA) en las respectivas armadas de los semestres en los que asuma la responsabilidad de por lo menos un curso teórico.

Consideraciones generales:

  • Este benefició alcanzará a todos los docentes de tiempo completo (TC), de tiempo parcial convencional (TPC) y de tiempo parcial por asignaturas (TPA). Este beneficio será computable para el pago de las gratificaciones de julio y diciembre, y para el pago de la CTS.
  • No será computable para el pago de la remuneración al cargo, bonificación por el tiempo de servicio o complemento de jubilación.
  • Este beneficio también alcanza a los docentes de tiempo completo (TC) y de tiempo parcial convencional (TPC) a los que se les otorga licencia con goce de haber, debiendo aplicarse el mismo porcentaje con el que se otorga la licencia.
  • El pedido de pago de BGA debe ser solicitado por el jefe de Departamento Académico a donde pertenezca el docente, de acuerdo al cronograma mensual de procesos de pagos y fechas de límite de recepción de pedidos, enviado a las unidades académicas a inicio de cada año.